REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintitrés de marzo de dos mil diez
199º y 151º


Nº de expediente: GP02-L-2009-002571
Parte demandante: MARIBEL LUCRECIA RODRIGUEZ BAUTISTA, titular de la cedula de identidad N° 6.191.135 (No Asistió)

Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: No Asistió
Parte Demandada :


Apoderada judicial de la Parte demandada:
VIGUALARM, C.A

Abogada: JULIA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.398
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

ACTA
En el día hábil de hoy veintitrés de marzo de dos mil diez siendo las 11:30 am oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: VIGUALARM, C.A compareció a la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial JULIA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 94.398 y en este acto ratifica su Poder que corre inserto en el folio 76 del presente expediente. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 151°.
LA JUEZ,

KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES

La Compareciente


LA SECRETARIA