REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 10 de Marzo de 2010
199º y 150º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-002730
PARTE ACTORA: YELISBETH BRITO .
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACUDIÓ
PARTE DEMANDADA: TEXTILES MADUTEX C.A.
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: NO ACUDIÓ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 10 de Marzo del 2010 , siendo las 12: 00 .M.. día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en prolongación, este Juzgado deja constancia de INCOMPARECENCIA del accionante de autos, como lo es YELISBETH BRITO LOPEZ titular de las cédula de identidad No.18.254.232 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de su apoderado judicial Abogado MARLON GAVIRONDA debidamente inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el No. 44.088. Se hace entrega de las pruebas promovidas por la parte demandada.

La Juez

Abg. GLADYS MIJARES LUY

El Secretario
. Abg. DAYANA TOVAR


Apoderado Judicial de la Parte Demandada