JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara, 08 de Marzo de 2010
199º y 151º

Visto el escrito de fecha 26 de Febrero de 2010, suscrito por la abogada RAYZA LOVERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.068, apoderada judicial del ciudadano ARNOLDO MANUEL LOVERA SANCHEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 15.991.297 y vista el acta de fecha 17 de Noviembre de 2009, levantada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, donde se refleja la transacción celebrada entre las partes. Este Tribunal, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL agréguese copia del presente auto y del Acta respectiva debidamente certificada por el secretario de este Despacho, en el copiador de SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS, publíquese y líbrese la copia ordenada.
El Juez Titular



Dr. ANGEL LEONARDO ANSART


El Secretario Titular


Abg. JAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, se libró la copia ordenada.


El Secretario Titular


Abg. JAN PABLO PEREZ TARAZONA





EXP Nº 756-08
ALA/JPPT/yuri