JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO

SOLICITANTE (S): ROSA MEZA DE USECHE, CLARA EURIDICE USECHE MARTÍNEZ, AURA VALENTINA USECHE MARTÍNEZ, DANIEL ALEJANDRO USECHE MEZA, DAVID ALFREDO USECHE MEZA, cédulas de identidad N° V- 3.981.146, V-6.822.063, V-10.119.657, V-14.216.423, V-16.368.039, respectivamente.
ABOGADO: INDIRA DEL CARMEN LÓPEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 86.695, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE N° 3494

I

Por presentado el escrito de solicitud en fecha 02 de Noviembre de 2009, por los ciudadanos ROSA MEZA DE USECHE, CLARA EURIDICE USECHE MARTÍNEZ, AURA VALENTINA USECHE MARTÍNEZ, DANIEL ALEJANDRO USECHE MEZA, DAVID ALFREDO USECHE MEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 3.981.146, V-6.822.063, V-10.119.657, V-14.216.423, V-16.368.039, respectivamente, asistidos por la abogado INDIRA DEL CARMEN LÓPEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 86.695, de este domicilio, donde solicitan sean declarados como “UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del De-cujus ciudadano, PABLO ANTONIO USECHE CACIQUE, fallecido Ab-intestato el día 12 de Octubre de 2008, en la Clínica Razetti de Barquisimeto, a las tres y treinta minutos de la tarde. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, y previa publicación de un Edicto en un diario de mayor circulación nacional, con las inserciones correspondientes a la solicitud requerida, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y
POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos ROSA MEZA DE USECHE, CLARA EURIDICE USECHE MARTÍNEZ, AURA VALENTINA USECHE MARTÍNEZ, DANIEL ALEJANDRO USECHE MEZA, DAVID ALFREDO USECHE MEZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 3.981.146, V-6.822.063, V-10.119.657, V-14.216.423, V-16.368.039, respectivamente como ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES del difunto ciudadano PABLO ANTONIO USECHE CACIQUE, fallecido Ab-intestato el día 12 de Octubre de 2008, en la Clínica Razetti del Estado Barquisimeto, a las tres y treinta minutos de la tarde, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el N° 713, Año 2009, en los Libros de la Oficina de Registro Civil, de la Parroquia Concepción, del Municipio Iribarren del Estado Lara, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.
Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO.

En Valencia, a los Tres (26) días del mes de Marzo del año dos mil diez (2010). Años 199° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
La…,


…La Secretaria Temporal,

ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:30 de la mañana.-
La Secretaria,

Exp. Nº 3494.-
JGRG/kav.-