Valencia, 11 de marzo de 2010
Años 199º y 151º

ASUNTO: GP01-P-2007-006494
JUEZ: ABG. ALEJANDRO CALLEJA
FISCAL: Quinta, del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
ACUSADO: GONZALO JOSE LABRADOR GUBAIRA
DELITOS: VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstas y sancionada en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia.
DEFENSA: ABG. GRACE RODRIGUEZ.
VICTIMA: BERIOZCA AUXILIADORA RAMOS CARRASCO.
DECISION: SOBRESEIMIENTO.
Celebrada como ha sido la audiencia de verificación de condiciones en fecha 14/01/2.010, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley Adjetiva Penal, y Oídas las partes, oportunidad en la cual, se verifico el total y cabal cumplimiento de la condiciones imputa al ciudadano GONZALO JOSE LABRADOR GUBAIRA, por el juzgado Quinto de control en fecha 25-02-2008.
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Conforme a lo establecido en el artículo 177, parte in fine del Código Orgánico Procesal Penal, corresponde a este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, fundamentar los acuerdos tomados en la Audiencia de Verificación de Condiciones, de fecha 14 de enero de 2.010, específicamente en lo que respecta al SOBRESEIMIENTO acordado a favor del ciudadano GONZALO JOSE LABRADOR GUBAIRA.

En fecha 25-02-2008, siendo la fecha y la hora para que tuviera lugar la audiencia preliminar en la presente causa, seguida en contra del ciudadano GONZALO JOSE LABRADOR GUBAIRA, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se hicieron presentes las partes, se dio inicio a la audiencia y en el desarrollo de la misma el acusado de autos admitió los hechos por los cuales le acuso el Ministerio Público y solicitó la suspensión condicional del proceso. Vista la manifestación del acusado y oída la opinión favorable de la víctima y del Ministerio Público, este Juzgado, acordó LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por el plazo de un (01) año, a favor del referido ciudadano imponiéndole las siguientes condiciones: presentarse ante el delegado de prueba cada sesenta (60) días, debe realizar trabajo comunitario en tres (03) oportunidades y consignar constancia ante el Tribunal, continuar en la terapias de pareja debiendo consignar igualmente constancia.

Ahora bien, en fecha 14 de enero de 2010, se celebró Audiencia de Verificación de Condiciones, en cuyo desarrollo se pudo constatar el cumplimiento por parte del acusado de las obligaciones impuestas. En efecto, el referido ciudadano dio fiel cumplimiento de todas las condiciones impuestas por el juzgado Quinto de control en fecha 25-02-2008. En tal virtud y habiendo comprobado – como en efecto - el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas con ocasión del decreto de Suspensión Condicional del Proceso, esta juzgadora estima que lo procedente y ajustado a derecho es decretar el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA al ciudadano GONZALO JOSE LABRADOR GUBAIRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 48, ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 318, ordinal 3 ejusdem.

DECISIÓN

Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente explanados, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control, en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano GONZALO JOSE LABRADOR GUBAIRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 48, ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 318, ordinal 3 ejusdem. Notifíquese a las partes déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de decisiones llevado por este Tribunal, ofíciese lo conducente. Cúmplase.
Abg. Alejandro Calleja
Juez Segundo de Control Audiencias y Medidas

Abg. Brigitte Benítez

La Secretaria.

Hora de Emisión: 11:41 AM