REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA.
199º Y 151º
Valencia, 05 de MARZO de 2010

ASUNTO: GP02-L-2009-001679
PARTE ACTORA: FREDDY DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: IVON LUCÍA SALAZAR
PARTE DEMANDADA: CALZADOS DE SEGURIDAD B.S.I
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL


Visto que la parte actora ciudadano FREDDY DIAZ, en fecha 04 de Diciembre de 2009, DESISTIÓ DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, por lo que se da por terminado el presente procedimiento; en consecuencia este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte la homologación al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO adquiriendo el carácter de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Terminado en consecuencia el procedimiento, se ordena el archivo del expediente. Es todo.
El Juez;



Abg.- OMAR JOSÉ MARTÍNEZ SULBARÁN

LA SECRETARIA;



ABG.- ANMARIELYS HENRIQUEZ