A C T A
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-002509.
PARTE ACTORA: RIGOBERTO ARAUJO PEÑA
PARTE DEMANDADA: LA TRINIDAD 2000, C.A.
APODERADO PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 08 de Junio de 2010, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano RIGOBERTO ARAUJO PEÑA; titular de la cédula de identidad N° 18.802.965; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; así mismo se deja constancia que se hizo presente el ciudadano CAETANO DE AMORIM, portador de la cédula de identidad N° 81.815.861, en su carácter de Representante Legal de la parte demandada LA TRINIDAD 2000, C.A., quien presentó original y copia para vista y devolución de su respectivo Registro Mercantil; debidamente asistido por la abogado ELBA CONTRERAS, inscrita en el Ipsa bajo el N° 78.887.- En consecuencia, ante la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Juez,
Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.
La parte demandada,
La Secretaria,
Abg. MIRLA SOSA GUERRERO.
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