REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 02 de Junio de 2010
200º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

Homologación de Transacción Judicial

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2010-000471.
PARTE ACTORA: CATHERINE CARVALLO.
PARTE DEMANDADA: CANTERAS CURA, C.A..
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

Este Tribunal, vista que la transacción judicial que antecede (folios 11 Y vto) celebrada entre la parte actora CATHERINE CARVALLO, titular de la cédula de identidad No.16.791.464, y la parte demandada CANTERAS CURA, C.A., ha sido celebrada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que da por concluido el proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes. Se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.
El Juez
Abog. WILFREDO GONZÁLEZ
La Secretaria
Abog.___________________.