REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

En horas de Despacho del día de hoy, 28 de Junio de 2010, siendo las dos (02:00 p.m.) de la tarde, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: MARIA KATRIANA PARRA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.198.046, de veintiocho (28) años de edad, domiciliada en: Barrio El Carmen, Calle El Rio, N° 25, Mariara Estado Carabobo, y expone: vengo a demandar al ciudadano: JOEL JOSE VILLEGAS DOMINGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.365.575, el cual puede ser localizado en EL Sector Guamacho, Calle Yaracuy, N° 10, Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo y trabaja en Maracay pero desconozco la dirección. El ciudadano JOEL JOSE VILLEGAS DOMINGUEZ, es el padre de mis hijos OMITE, de diez (10) años de edad, OMITE, de nueve (9) años de edad y OMITE, de seis (6) años de edad, no le da nada a mis hijos, él les da pero cuando le da la gana y lo que a él le da la gana. Cuando yo trabajo soy yo la que le compro todo a mis hijos porque él les compra una vez al año. Todos mis hijos están estudiando y yo necesito para mantenerlos. Consigno en este copia del expediente del Consejo de Protección del Niño de este Municipio, copia simple de las partidas de nacimiento y fotocopias de cedulas”. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana: MARIA KATRIANA PARRA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.198.046, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano: JOEL JOSE VILLEGAS DOMINGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.365.575, en el Sector Guamacho, Calle Yaracuy, N° 10, Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 08:30 a.m. a 3:30 p.m.,, ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 11:00 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), los Oficios de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, copia del expediente del Consejo de Protección del Niño de este Municipio, copia simple de las partidas de nacimiento y fotocopias de cedulas”. Líbrese Boleta de Citación y Oficios.
El Juez Titular,

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART

La Compareciente

MARIA KATRIANA PARRA RODRIGUEZ
El Secretario titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 919-10. Se libró Boleta de Citación, y se libraron Oficios Nº. 22-107-44-779 -10 al Fiscal Superior del Ministerio Público, Nº 22-107-44-780 -10 a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara estado, Carabobo. Agregándoles un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho en su oportunidad.
El Secretario titular
Alguacil
EXP. Nº 919-10
ALA/JTTP/yuri