REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 17 de Junio de 2010
200º y 151º
Vista la diligencia de fecha 04 de abril de 2008, presentada por la Abogada ZORAIDA COROMOTO GIL MARRERO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.276, de este domicilio, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana AGUEDA FELIPA SOTO DE DUQUE, titular de la cédula de identidad N° V-2.608.546, de este domicilio, contentiva del DESISTIMIENTO, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo del expediente.
La Juez Provisoria,

Abog. Omaira Escalona
La Secretaria,

Abog. Nancy Molina