REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 09 de abril de 2010
200º y 151º
N° De Expediente: Gp02-L-2009-001586
Parte Actora: RICHARD HERNÁNDEZ
Abogado Apoderado De La Parte Actora: JUAN CARLOS HERNÁNDEZ inpreabogado Nº 133.828
Parte Demandada: REPRESENTACIONES TIBY C.A.
Abogado De La Parte Demandada: FAUSTINO ALCANTARA Inpreabogado Nº 61.220
Motivo: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, (09) nueve de junio de 2010, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, dejándose expresa constancia que la parte actora en la presente causa no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la parte demandada compareció su apoderada judicial Abg. FAUSTINO ALCANTARA inpreabogado Nº 61.220. En este estado el ciudadano Juez observando la incomparecencia de la parte actora declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo se ordena que el expediente sea remitido al archivo judicial, una transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las dos y quince de la tarde (02:15 p.m.) del día de hoy. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.-
EL APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
AMARILYS MIESES MIESES.
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