REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete de julio de dos mil diez
200º y 151º


SENTENCIA

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-002569
PARTE ACTORA: MARIBEL LUCRECIA RODRIGUEZ BAUTISTA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: -----------------------------------
PARTE DEMANDADA: VIGILANTES GUACARA, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: JULIA FERNANDEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy, Veintisiete ( 27 ) de Julio del 2010, siendo la 1:30 p.m., del día y hora fijada por este Tribunal para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través de la abogada JULIA FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado N.° 94.398, actuando con el carácter de apoderada judicial de la demandada VIGILANTES GUACARA, C.A., según consta en poder el cual corre agregado a los folios 28 y 29, del expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la Audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 200 ° y 151°.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.


ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA


ABG. MARY ANNE MUGUESSA