REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dos (2) de Julio de dos mil diez
200º y 151º

SENTENCIA

EXPEDIENTE: GP02-S-2010-000478
PARTE OFERENTE: CONSORCIO GHELLA
PARTE OFERIDO: OSWALDO JOSE GONZALEZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO


Vista la transacción de fecha 1 de Julio del 2010, presentada por el ciudadano OSWALDO JOSE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N.° 10.734.894, asistido por la abogada IRENE BEATRIZ RIVAS, inscrito en el Inpreabogado N.° 46.843, y por la otra parte la abogada MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ, Inscrita en el Inpreabogado N.° 145.284, actuando como apoderada judicial de CONSORCIO GHELLA, mediante la cual declaran llegar a un acuerdo transaccional y en consecuencia el ciudadano OSWALDO JOSE GONZALEZ, manifiesta recibir de la representante de la empresa abogada MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ, la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL BOLIVARES (Bs. 51.000,oo), por concepto de sus Prestaciones Sociales, por lo que le solicitan al Tribunal que la homologue y le imparta el carácter de Cosa Juzgada.

El Tribunal de la causa, con vista a la transacción suscrita por las partes y verificado el pago realizado, por no ser contrario a derecho y no violar precepto legal alguno, es por lo que este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO LO HOMOLOGA EN LOS TERMINOS ACORDADO POR LAS PARTES, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Se ordena librar oficio a los fines del cierre del expediente y su custodia al archivo.
EL JUEZ


ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.

LA SECRETARIA

ABG. MARY ANNE MUGUESSA.