REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

En horas de Despacho del día de hoy, 29 de Julio de 2010, siendo las dos (02:00 p.m.) de la Tarde, comparece voluntariamente por ante este Tribunal la ciudadana: PALMA AMADOR DINA PILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.882.422, de Veintinueve (29) años de edad, domiciliada en: Avenida Bolívar Nº 21, Mariara Estado Carabobo, y expone: vengo a demandar al ciudadano: DIMAS RAFAEL NIETO PARAGUACUTO, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.367.111, el cual puede ser localizado en Avenida principal el Castaño Nº 375-B al lado del Castillo Maracay estado Aragua , y trabaja en el CASINO IMPERIAL, ubicado Avenida las Delicias Barrio Sucre Nº 76, entrar por el estacionamiento detrás de la Panadería Maracay Estado Aragua. El ciudadano DIMAS RAFAEL NIETO PARAGUACUTO, es el padre de mi hija CHIQUINQUIRA VICTORIA, el motivo por la cual me dirigí ante este Tribunal es que el padre de mi hija desde hace siete meses, no le pasa lo que le corresponde a la Obligación de Manutención, ahora bien quiero que por ante este Tribunal el se comprometa a pasarle mensualmente lo que le corresponde por ley y los demás gastos como médicos, escolares, recreación, vestido y todo lo que la niña necesite y que el consigne el dinero por ante este Tribunal para que pueda cumplir. Consigno en este acto copia de acta de matrimonio, copia de partida de nacimiento, copias de cedula de identidad. En consecuencia, vista y oída la manifestación hecha por la ciudadana: PALMA AMADOR DINA PILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.882.422, se ADMITE cuanto ha lugar en Derecho, la presente Solicitud de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN. Désele entrada, fórmese Expediente, asígnesele número y anótese en el Libro respectivo. Por consiguiente, este Tribunal acuerda CITAR al ciudadano: DIMAS RAFAEL NIETO PARAGUACUTO, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.367.111, el cual puede ser localizado en Avenida principal el Castaño Nº 375-B al lado del Castillo Maracay estado Aragua de conformidad con lo establecido en el Artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), para que comparezca por ante este Juzgado al TERCER (3er) día de Despacho siguiente a aquel en que conste en autos su Citación a los fines de dar CONTESTACION a la presente Demanda, en las horas fijadas en la Tablilla de este Tribunal para Despachar, es decir de 08:30 a.m. a 3:30 p.m.,, ubicado en: Sector El Carmen, Calle Ayacucho, Nº 8, frente a la plaza Bolívar, Mariara, estado Carabobo, indicándole a las partes que el día de la comparecencia del Demandado, el Juez instará a las mismas a la CONCILIACION a las 11:00 de la mañana, de conformidad con lo previsto en el Artículo 516 Ejusdem, en concordancia con el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, de no llegar las partes a algún acuerdo, se continuará con el Procedimiento Especial contemplado en el Título IV, Capitulo VI, Artículo 511 de la Mencionada Ley. Notifíquese a la ciudadana FISCAL SUPERIOR del Ministerio Público del estado Carabobo, y a los ciudadanos CONSEJEROS DE PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA MARIARA ESTADO CARABOBO, agregándoles un ejemplar de la presente Acta, a los fines de que tengan conocimiento del presente Juicio. Haciéndoseles saber, que el lapso para la celebración del ACTO CONCILIATORIO Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA, comenzará a computarse a partir del momento que conste en autos la manifestación del Alguacil de este Tribunal, de haber consignado, bien en las Oficinas del Ministerio Público, o bien en la Oficina del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL), los Oficios de Notificación y de haberse realizado efectivamente la Citación del demandado. El Tribunal deja constancia que recibe de manos de la Compareciente, copia simple de acta de matrimonio, copia de partida de nacimiento copias simple de cedula de identidad”. Líbrese Boleta de Citación y Oficios. Aperturese cuaderno de medida.
El Juez Titular,

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART

La Compareciente

PALMA AMADOR DINA PILAR
El Secretario titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº 927-10. Se libró Boleta de Citación, y se libraron Oficios Nº. 22-107-44-993-10 al Fiscal Superior del Ministerio Público, Nº 22-107-44-994-10 a los Consejeros De Protección De Niños Niñas Y Adolescentes Del Municipio Diego Ibarra Mariara estado, Carabobo. Agregándoles un ejemplar de la presente Acta y se entregaron recaudos al Alguacil de este Despacho en su oportunidad.

El Secretario titular

Alguacil
EXP. Nº 927-10
ALA/JTTP/Maria