REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
MARIARA.
29 de Julio de 2010
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
DEMANDANTE: SHEILA PEREZ DE GARCIA
ENDOSATARIA EN PROCURACIÒN DE: FREDDY JOSE MORENO
DEMANDADO: TERESA MARIA GOUVEIA PEREIRA
APODERADO: NO ACREEDITA
CAUSA: COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria)
CAUSA: 488-03
NARRATIVA
Se inicia el presente juicio por demanda intentada por la abogada SHEILA PEREZ DE GARCIA, en su carácter de endosataria en procuración del ciudadano FREDDY JOSE MORENO, por Cobro de Bolívares (Vía Intimatoria), la cual, fue admitida por este Juzgado, en fecha: 03 de Septiembre de 2003.
MOTIVA
Aprecia este tribunal, que la presente causa, está paralizada, sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes desde de la fecha de su admisión: 03 de septiembre de 2003, fecha en que se acordó la intimación del demandado, por lo que tal situación de hecho, se encuadra en las previsiones establecidas en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil que establece:
“…Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
Por consiguiente, se ha configurado la figura procesal de la perención de la instancia en este juicio y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos ya expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en NOMBRE DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y LA AUTORIDAD QUE CONFIERE LA LEY, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA, en el presente juicio y así queda decidido.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, sellada y firmada, en la sala de despacho del JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Mariara, a los Veintinueve (29) día del mes de Julio de mil diez (2010), años 200º de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez Titular
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En la misma fecha de público la anterior sentencia siendo las 10:30 p.m.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
Exp. 488-03
ALA/JPPT/yuri
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