Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo


SOLICITANTE (S): LUIS ALBERTO PERALTA GONZALEZ, SANTAGO RUBEN SERVELION VADELL y PEGUY MARIA SERVELION VADELL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.735.697, V-12.922.176 y V-7.120.334 respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio CRISSHELDA MARCANO CARICOTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 139.390.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 3971.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 24 de mayo de 2.010, por los ciudadanos LUIS ALBERTO PERALTA GONZALEZ, SANTIAGO RUBEN SERVELION VADELL y PEGUY MARIA SERVELION VADELL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.735.697, V-12.922.176 y V-7.120.334 respectivamente, de este domicilio los dos primeros nombrados, la tercera nombrada domiciliada en los Estados Unidos de América y representada legítimamente por el ciudadano SANTIAGO RUBEN SERVELION VADELL, supra identificado, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio CRISHELDA MARCANO CARICOTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 139.390, de este domicilio, mediante la cual solicitan sean declarados “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de cónyuge y hermanos respectivamente de la de cujus, ciudadana MARIA ELENA SEVELION VADELL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.121.003, quien falleció ab-intestato, en el Centro Medico “Dr. Rafael Guerra Méndez”, en fecha 19/08/2.009. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos ciudadanos MARQUINA FUCIL ELEIDA MERCEDES y OLIVARES NUÑEZ HECTOR JESUS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.126.841 y V-8.591.592 respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos LUIS ALBERTO PERALTA GONZALEZ, SANTIAGO RUBEN SERVELION VADELL y PEGUY MARIA SERVELION VADELL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.735.697, V-12.922.176 y V-7.120.334 respectivamente, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” de la difunta ciudadana MARIA ELENA SEVELION VADELL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.121.003, quien falleció ab-intestato, en el Centro Medico “Dr. Rafael Guerra Méndez”, en fecha 19/08/2.009, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 118, Tomo I, Año 2.009, en los Libros de Registro Civil Municipal, del Municipio Valencia, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a las partes solicitantes.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año dos mil diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Temporal


ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:15 de la mañana.-
La Secretaria Temporal,


ABG. KAREN VIZAMORA BASTIDAS.





Exp. Nro. 3971.-
JGRG/mical.-