REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DE LA REGIÓN CENTRO NORTE.

Valencia, 08 julio 2010
Años: 200º y 151º

Expediente Nº 13.064

Visto el escrito de pruebas presentado el 17 junio 2010 por el abogado SILVIA DICKSON URDANETA, cédula de identidad V-7.407.670, Inpreabogado Nº 47.391, con carácter de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO XAVIER TOUZZO VASQUEZ, cédula de identidad V-14.536.020, parte querellante; y vista asimismo la oposición realizada el 30 junio 2010 por la abogada MARIEN LENCE CORVO, cédula de identidad V-16.984.441, Inpreabogado Nº 135.445, con carácter de apoderada judicial del ESTADO CARABOBO, parte querellada, el Tribunal se pronuncia sobre la admisión de las pruebas en los términos siguientes:
UNICO: Por cuanto las pruebas presentadas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva, se admite cuanto ha lugar en derecho.

El Juez Provisorio,

OSCAR J. LEÓN UZCÁTEGUI
El Secretario,

GREGORY BOLIVAR R.


Exp. Nº 13.064
OLU/Yasneidymc
Diarizado Nº ___