REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 12 de julio de 2010
200º y 151º
Visto el Convenimiento efectuado por los ciudadanos TEODULO BARROSO y LUZ MILA CUETO ARRIETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº. V-13.382.309 y V-15.258.834, respectivamente y de este domicilio, parte demandada por una parte y por la otra la ciudadana MICHELIS DAYANA GANCI MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-13.047.479, de este domicilio, realizado por ante la Notaría Pública Cuarta de Valencia del Estado Carabobo, el tribunal da por consumado el convenimiento efectuado y acuerda tenerlo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada que pone fin al presente procedimiento.
La Juez Provisorio,
Abog. Omaira Escalona.
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina.
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