REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE PUERTO CABELLO
PUERTO CABELLO, 09 DE JULIO DE 2010
200º Y 151º

ASUNTO N°: GP21-L-2006-000368
PARTES ACTORAS: JORGE FREGINALS y YAISA VELASQUEZ
APODERADA JUDICIAL
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DE PUERTO CABELLO.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS JHONGE ZAVALA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 09 DE JULIO de 2010, siendo el día y hora fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar, en el juicio por cobro de prestaciones sociales que incoara los ciudadanos JORGE FREGINALS y YAISA VELASQUEZ, identificados en autos, comparece a la misma, la parte demandada INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DE PUERTO CABELLO, comparece su Apoderado Judicial Abogado: CARLOS JHONGE ZAVALA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.525, se deja constancia que la parte actora JORGE FREGINALS Y YAISA VELASQUEZ, no comparecieron a la realización de la audiencia preliminar, ni por si ni por medio de apoderado al alguno, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de La ley Orgánica Procesal del trabajo, este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara; DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.


EL JUEZ

ABG: EUSTOQUIO JOSE YEPEZ GARCIA


LA PARTE DEMANDADA PRESENTE





LA SECRETARIA


ABG: DANILY EDUMMARY ALVAREZ MAZZOLA