REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 03 de Febrero de Dos mil diez.
199º y 150º


ASUNTO: GP02-S-2009-000756

Visto que la parte actora en la presente causa, en fecha 29 de Enero de 2009, presentan DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE SOLICITUD, por la U.R.D.D. de este Circuito Laboral, este Tribunal con vista a tal manifestación voluntaria de la parte, suficientemente identificada en autos, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN EL CONTENIDO DEL MISMO. Otorgándole carácter de cosa juzgada, del mismo modo ordena el cierre y archivo del expediente.