REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 05 de febrero de 2010
199º y 150º
AUTO QUE ACUERDA OFICIAR A LA COORDINACIÓN DE LA DEFENSA PÚBLICA.-
Visto que de las actas del presente expediente se desprende que la parte demandada se encontraba representada por la ciudadana Ana Hurí Bustos, quien ejercía el cargo de Defensor Público Primero Agrario del estado Carabobo y la misma fue removida del mismo según consta en oficio Nº DP-CRC-4194-09 emanado de la Coordinación Regional de la Defensa Pública del estado Carabobo, a los fines de la continuación de esta causa, este Tribunal acuerda oficiar a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Carabobo, a fin de que se sirva designar Defensor Público Especial o el que la Ley establezca en la presente causa. Ofíciese lo conducente.-
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
La Secretaria
ERICKA SÁNCHEZ SÁNCHEZ
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio Nº 025/2010.
La Secretaria
ERICKA SÁNCHEZ SÁNCHEZ
EXP Nº. JP-51289-22/ACCION REIVINDICATORIA.
JDUA/EGSS.-