REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


Valencia, 7 de enero de 2010
Años 199º y 150º

ASUNTO: GP01-S-2008-001113
JUEZ: ABG. ALEJANDRO CALLEJA
FISCALÍA: TRIGESIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: JULIO RAFAEL FLORES CERVEN
DEFENSA: ABG. JUANA CAMACHO.
DELITOS: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
VICTIMA: ANA MARGARITA GUTIERREZ DE PEREZ Y DANIELA MILEIDY PEREZ MONTILLA.
MOTIVO: ORDEN DE CAPTURA.

Visto el contenido del Acta suscrita en fecha 22-10-09, este Tribunal pasa a motivar la decisión tomada, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 173 del Código Orgánico Procesal Penal, de la siguiente manera:


PRIMERO: En fecha 31-01-2.009, se recibe de la Fiscalía 30° del Ministerio Público del Estado Carabobo escrito acusatorio en contra del ciudadano JULIO RAFAEL FLORES CERVEN, titular de la Cédula de Identidad No. 15.744.155, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

SEGUNDO: Al folio ciento veintitrés (123) de la presente actuación consta acta de diferimiento de la audiencia preliminar de fecha 22-10-09 donde se evidencia observa de las actas que conforman el presente asunto del mismo que el imputado de autos no ha comparecido a los reiterados llamados realizados por el tribunal para la realización la audiencia preliminar, asimismo se evidencia en los folios 118 y 119 que las diligencias practicadas por la fuerza policial fue efectiva en tal sentido, lo cual evidencia que el imputado no quiere someterse al proceso.


Este tribunal acuerda revocar las medidas cautelares sustitutiva de libertad acordadas en fecha 21/09/2008, aunado a la solicitud realizada por la Vindicta Pública motivado al evidenciado incumplimiento por parte de imputado de autos JULIO RAFAEL FLORES CERVEN, hacen estimar a este Juzgador que lo ajustado a derecho es ACUERDA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA al ciudadano JULIO RAFAEL FLORES CERVEN, antes identificado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, quien deberá ser puesto a la orden de este Tribunal una vez materializada su captura. Y así se decide.


DECISIÓN

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LIBRAR ORDEN DE CAPTURA en contra del ciudadano JULIO RAFAEL FLORES CERVEN, de conformidad con el contenido de los artículos 250 y 251 ejusdem. Ofíciese a los organismos competentes a objeto de materializar su detención y una vez ocurrida ésta deberá ser puesto a la orden de este Tribunal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.


Abg. Alejandro Calleja
El Juez Temporal Segundo en Funciones de
Control Audiencia y Medidas
Abg. María G. Ramírez M.
La Secretaria
Hora de Emisión: 12:22 PM