REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA.
199º Y 150º
Valencia, 08 de Enero de 2010
ASUNTO: GP02-S-2009-000880
PARTE ACTORA: FELVAK, C.A
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LEGNA GONZALEZ
PARTE DEMANDADA: OMAR DELGADO
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: CONISGNACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto que las partes en fecha 07 de Diciembre de 2009, DESISTIÓ DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO en la presente causa, de la revisión del mismo se evidencia que la abogada LEGNA GONZALEZ se encontraba suficiente y ampliamente facultada para ello, por lo que se da por terminado el presente procedimiento; en consecuencia este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte la homologación al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO adquiriendo el carácter de Cosa Juzgada de conformidad con lo establecido en los artículos 57 y 58 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Terminado en consecuencia el procedimiento, se ordena el archivo del expediente. Es todo.
El Juez;
Abg.- OMAR JOSÉ MARTÍNEZ SULBARÁN
LA SECRETARIA;
ABG.- ANMARIELYS HENRIQUEZ