REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 17 de Diciembre de 2010
200º y 151º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-002206.
PARTE ACTORA: GILBERTO GERARDO GONZÁLEZ GÓMEZ.
PARTE DEMANDADA: SERVICIO AUTÓNOMO DE SANIDAD AGROPECUARIA (S.A.S.A. CARABOBO) hoy INSTITUTO NACIONAL SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL (I.N.S.A.I. CARABOBO)
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento (folio 20), de la parte actora ciudadano GILBERTO GERARDO GONZÁLEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad No.4.462.282, mediante su apoderada judicial abogada ZHAIDA MEDEROS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.31.002, contra del SERVICIO AUTÓNOMO DE SANIDAD AGROPECUARIA (S.A.S.A. CARABOBO) hoy INSTITUTO NACIONAL SALUD AGRÍCOLA INTEGRAL (I.N.S.A.I. CARABOBO), da por concluido el procedimiento, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.. Es todo.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA
EL SECRETARIO.

En igual fecha se publico la presente sentencia.

EL SECRETARIO.