Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo.

SOLICITANTE (S): VINCENZO TREZZA JEREZ, ANTONIO GESUALDO TREZZA JEREZ y ANA MERCEDES TREZZA JEREZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.955.573, V-10.480.907 y V-12.375.075, respectivamente de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en libre ejercicio MILAGRO HERNANDEZ DE ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.771, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 4399.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 16 de noviembre de 2010, por los ciudadanos VINCENZO, ANTONIO GESUALDO y ANA MERCEDES todos de Apellidos TREZZA JEREZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.955.573, V-10.480.907 y V-12.375.075 respectivamente, todos de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogado en ejercicio MILAGRO HERNANDEZ de ALVARADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.30.771, de este domicilio, mediante la cual solicitan sean declarados “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de hijos sobrevivientes de la de cujus, DALIA RAMONA JEREZ de TREZZA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.115.109, quien falleció ab-intestato, en municipio Naguanagua, estado Carabobo, en fecha 02-04-2.007. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos ciudadanos RONDON SILVA ANTONIO JOSÉ y ALVARADO NAUDY PASTOR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.007.417 y V-3.317.770, respectivamente, de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por los solicitantes y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos VINCENZO, ANTONIO GESUALDO y ANA MERCEDES todos de Apellidos TREZZA JEREZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.955.573, V-10.480.907 y V-12.375.075 respectivamente, todos de este domicilio, como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES de la difunta DALIA RAMONA JEREZ DE TREZZA, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad Nro. V-2.115.109, quien falleció, ad-intestato, en fecha 02 de Abril de 2.007, en Naguanagua, estado Carabobo, según consta del Acta de Defunción, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.
Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los catorce (14) días del mes de diciembre del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ

La…

…Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 8:45 de la mañana.-
La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.