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Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo.


SOLICITANTE (S): ALEXANDRA BLEINNSTEINNSS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.066.932, de este domicilio, de profesión Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 128.286, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana VICTORIA ESTEFANIA COMAS CANDELA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titula r de la cédula de identidad Nro. V-16.582.655.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES.
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 3823.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 25 de marzo de 2.010, por la ciudadana ALEXANDRA BLEINNSTEINNSS, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.066.932, de este domicilio, de profesión Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 128.286, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana VICTORIA ESTEFANIA COMAS CANDELA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.582.655, mediante la cual solicita sea declarada su Representada ciudadana VICTORIA ESTEFANIA COMAS CANDELA supra identificada como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” en sus condición de hija sobreviviente del de cujus, ESTEBAN ESTABANOVICH COMAS GOOSHIN, chino, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. E-956.356, quien falleció ab-intestato,, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 29/06/2.009. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuados los testigos ciudadanos KELECIC de RAMIREZ TATIANA y BERMUDEZ FERRER ALEXIS RAFAEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.455.144 y V-10.669.383 respectivamente, ambos de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana VICTORIA ESTEFANIA COMAS CANDELA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.582.655, como “UNICA HEREDERA UNIVERSAL” del difunto ESTEBAN ESTABANOVICH COMAS GOOSHIN, chino, mayor de edad, soltero, identificado con la cédula de identidad Nro. E-956.356, quien falleció ab-intestato,, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 29/06/2.009, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 235, Tomo I, Año 2.009, en los Libros de Registro Civil, de la parroquia Tocuyito, municipio Valencia, estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a las partes solicitantes.

Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Titular


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:10 de la mañana.-
La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.


Exp. Nro. 3823.-
JGRG/mical.-