Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial de Estado Carabobo.


SOLICITANTE (S): THALBEIDA DEL VALLE AREVALO ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.331.960, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.682, de este domicilio, actuando en este acto en su propio nombre y en nombre y representación de los ciudadanos RITA MERCEDES AREVALO de ORTEGA, CARLOS MARLYS AREVALO ALVAREZ, BLANCA OLIVIA AREVALO ALVAREZ y JUAN ESPENCER AREVALO ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, casada la primera, solteros los demás, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.312.484, V-4.100.333, V-4.833.195 y V-8.557.656 respectivamente.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 4292.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 11 de octubre de 2010, por la ciudadana THALBEIDA DEL VALLE AREVALO ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.331.960, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.682, de este domicilio, actuando en su nombre propio y en representación de los ciudadanos RITA MERCEDES AREVALO de ORTEGA, CARLOS MARLYS AREVALO ALVAREZ, BLANCA OLIVIA AREVALO ALVAREZ y JUAN ESPENCER AREVALO ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, casada la primera y solteros los demás, titulares de la cédula de identidad Nos. V-4.312.484, V-4.100.333, V-4.833.195 y V-8.557.656 respectivamente, en la cual solicita sean declarados como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en sus condiciones de hijos de la de cujus, ciudadana AURA MERCEDES ALVAREZ de AREVALO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.394.936, quien falleció ab-intestato, en la Policlínica Elohim, Parroquia Rafael Urdaneta de la ciudad de Valencia, estado Carabobo, en fecha 12-06-2.010. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos AMPARO ESTHER SALAZAR de HERNANDEZ y ARGENIS JOSÉ HERNANDEZ SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.303.718 y V-7.006.267 respectivamente, ambos de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la solicitante y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos RITA MERCEDES AREVALO de ORTEGA, CARLOS MARLYS AREVALO ALVAREZ, BLANCA OLIVIA AREVALO ALVAREZ, JUAN ESPENCER AREVALO ALVAREZ y THALBEIDA DEL VALLE AREVALO ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, casada la primera y solteros los demás, titulares de la cédula de identidad Nos. V-4.312.484, V-4.100.333, V-4.833.195, V-8.557.656 y V-5.331.960 respectivamente, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” de la difunta AURA MERCEDES ALVAREZ de AREVALO, venezolana, casada, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V-2.394.936, quien falleció ab-intestato, en la Policlínica Elohim, Parroquia Rafael Urdaneta de la ciudad de Valencia, estado Carabobo, en fecha 12-06-2.010, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 252, Tomo I, Año 2.010, en los Libros de Registro Civil de la parroquia Rafael Urdaneta, del Municipio Valencia del estado Carabobo, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO CARABOBO. En Valencia, al primer (01) día del mes de diciembre del año dos mil diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
El Juez suplente Especial


ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.

La Secretaria Titular


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 10:45 de la mañana.-
La Secretaria Titular,


ABG. DARLEN NAZAR ARANGUREN.















Exp. Nro. 4292.-
JGRG/mical.-