En horas de despacho del día de hoy, Catorce (14) de Diciembre de dos mil Diez (2010), siendo las 09:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las puertas de un inmueble constituido por una casa distinguida con 111-54, del Barrio el Consejo, Primera Calle, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la Abogada LUISA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.392, actuando en su propio nombre y representación, a fin de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el comitente. El Tribunal se encuentra acompañado de una comisión policial del estado Carabobo integrada por dos funcionarios a cargo del Agente MISAEL MERCHAN, titular de la Cédula de Identidad N° 18.380.400. El Tribunal procede a dar los Tres (3) respectivos toques de Ley, sin recibir respuesta alguna ni del interior ni del exterior del inmueble. Los vecinos manifestaron que no sabían donde comunicarse con la demandada. Interviene la parte actora y expone: Solicito del Tribunal se abstenga de practicar la medida de Embargo Preventivo reservándome el derecho de practicarlo en otra oportunidad. El Tribunal solicitado como ha sido por la parte actora se abstiene de practicar la medida preventiva de embargo. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura. Es todo. Siendo las 10:45 de la mañana el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (FDO. FIRMA ILEGIBLE). DRA. NINOSHKA ZAVALA. LA PARTE ACTORA, (FDO. FIRMA ILEGIBLE). EL FUNCIONARIO POLICIAL, (FDO. FIRMA ILEGIBLE). LA SECRETARIA, (FDO. FIRMA ILEGIBLE).

ABG. ZORKA CARBONELL