REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE VIOLENCIA EN FUNCION DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO-VALENCIA
Valencia, 2 de diciembre de 2010
Años 200º y 151º
ASUNTO: GP01-S-2010-001099
JUEZA: BLANCA JIMÉNEZ
IMPUTADO: JORGE LUIS RIVAS GARCIA, Titular de la Cédula de Identidad No 20.384.992, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 09-07-78. Soltero, residenciado en Casa No 15, calle sucre, Campo Carabobo, edo. Carabobo.
FISCALIA: TRIGESIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO
VÍCTIMA: CLAUDIA VELEZ
DEFENSA: ENELDA OLIVEROS (Pública)
DECISIÓN: SUSPENSIÓN DEL PROCESO.
Por cuanto en fecha 30-11-2010, fue recibido procedimiento, de la Fiscalía 31 del Ministerio Público, presentando al ciudadano JORGE LUIS RIVAS GARCIA, e imputarlo por el delito de ACTOS LASCIVOS, previsto en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, solicitando la imposición de medidas cautelares, previstas en el artículo 256 ord 3 del COPP en relación con lo dispuesto en el artículo 92 ordinales 7 y 8 de la Ley especial, y medidas de Protección de conformidad con lo previsto en el artículo 87 ordinales 5, 6 y 13 ejusdem, presentando como elementos de convicción: acta de procedimiento de detención material, por parte de funcionarios de la Guardia Nacional, adscrito al CORE2, Tocuyito y Acta de entrevista de la ciudadana VELEZ CLAUDIA, víctima, quien señaló, que el ciudadano le había tocado sus partes intimas en plena vía pública, así mismo una planilla de Cadena de Custodia de Evidencias, en la que se describe un cuchillo, que según el acta de detención lo cargaba atado a la correa el ciudadano, para dicho momento.
En la fecha señalada 30-11-2010, el Alguacil asignado a este tribunal, informó sobre la situación, en que se encontraba el detenido, en calabozo, para la oportunidad en que se tenía previsto realizar la audiencia especial de presentación “ se encontraba inerte, desnudo, lleno de heces y orina, desde la 1:50 P.m hasta las 6:35 P.M, que se verificara tal situación, razón por la que éste Tribunal acordó su ingreso al hospital Psiquiátrico Dr. José Ortega Duran, a fin de su ingreso, diagnostico y tratamiento, con custodia de los funcionarios que practicaron el procedimiento, librándose las respectivas comunicaciones.