REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 16 de diciembre de 2010
200º y 151º

AUTO. ACUERDA COPIAS CERTIFICADAS Y DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS ORIGINALES.

Vista la diligencia de fecha 15 de diciembre de 2010 suscrita por la ciudadana ROSALINDA TOSATO DA SILVA, plenamente identificada en autos, asistida en este acto por la abogada YUSTY CAROLINA SARMIENTO, inpreabogado Nº 141.878, mediante la cual solicita se expida ocho (08) copias certificadas de los folios 163 al 185 (ambos inclusive), este tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia se ordena expedir las copias certificadas de los referidos folios de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda el desglose de los documentos originales, que rielan a los folios 47 al 49 y sus respectivos vueltos, de la presente pieza, quedando en su lugar copias debidamente certificadas de los mismos. Entréguese al solicitante a cuyo efecto deberá dejarse constancia en el expediente

El Juez
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA

El secretario accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA CARPIO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El secretario accidental
LUIS ALFREDO ESCALONA CARPIO

Exp. Nº JAP-165-2010/ ACCION AUTONOMA DE TUTELA CAUTELAR AGRARIA.
JDUA/LAEC