A C T A

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000419.
PARTE ACTORA: VICTOR COLMENARES ALVAREZ.
APODERADO PARTE ACTORA: FRANCISCO FLORES.
PARTE DEMANDADA: C.A. METRO DE VALENCIA.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS CRUCES.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy, 10 de Agosto de 2010, siendo las 9:00 a.m.; día y hora fijado para que tenga lugar el acto de reenganche, acordado por auto de fecha 22-07-10; presentes por una parte, el reclamante VICTOR COLMENARES ALVAREZ, titular de la cédula de identidad N° 7.233.151; debidamente asistido por el abogado FRANCISCO FLORES; inscrito en el Ipsa bajo el N° 110.987, en su carácter de apoderado judicial; y por la empresa ejecutada C.A. METRO DE VALENCIA; el abogado LUIS CRUCES, inscrito en el IPSA bajo el N° 54.970; en su carácter de apoderado judicial. En este estado el Tribunal actuando de conformidad con el Artículo 6° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual establece las facultades legales que tiene el Juez como rector del proceso y las cuales le permiten la aplicación de medios alternativos de solución de los conflictos; medios estos consagrados en el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela insta a las partes a la conciliación; así las cosas, y vista la Persistencia en el despido efectuada por la ejecutada mediante escrito de fecha 09-08-10; con la respectiva consignación de los salarios caídos, y los conceptos derivados de la relación de trabajo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 190 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; la parte actora manifiesta su conformidad con la Consignación efectuada por la ejecutada; y en este acto recibe cheque N° 1917944599; por Bs. 106.144, 63; contra el Banco Central, a nombre de Victor Daniel Colmenares, a su entera y cabal satisfacción.- Visto lo anterior, este Tribunal, una vez oídas las exposiciones de las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables de la parte actora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada.- Se expiden cuatro (4) ejemplares de esta acta en un mismo tenor y a un sólo efecto. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ

Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.



Por la Parte Actora Ejecutante,



Por la Parte Demandada Ejecutada,


La Secretaria,

Abg. ANNERIS NORMAN.