REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
SOLICITANTES: LEONARDO ANTONIO RIVERA PÉREZ y YELITZA CANDELARIA MORÓN ROSALES
ABOGADO: NELLY TERESA LUGO TOVAR
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE N°: 21.895
Por escrito presentado en fecha 18 de Marzo de 2009, la ciudadana NELLY TERESA LUGO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.135.556, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 78.409, de este domicilio, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos LEONARDO ANTONIO RIVERA PÉREZ y YELITZA CANDELARIA MORÓN ROSALES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números V-7.123.745 y V-11.815.920 respectivamente, Inpreabogado Nro. 128.256, solicitó se decretara por ante este Tribunal la Separación de Cuerpos y Bienes de los prenombrados ciudadanos.
ALEGA LA SOLICITANTE LO SIGUIENTE:
Que sus representados contrajeron matrimonio civil el día 06 de Septiembre de 2005, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Que fijaron su residencia Conyugal en Residencias Pecchinenda B, piso 5°, apartamento 503, Avenida Bolívar Norte del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Que durante la unión matrimonial no fueron procreados hijos ni adquiridos ningún tipo de bien. Que de mutuo acuerdo decidieron separarse de cuerpos.
Por auto de fecha 30 de Marzo de 2009, los solicitantes LEONARDO ANTONIO RIVERA PÉREZ y YELITZA CANDELARIA MORÓN ROSALES, fueron legalmente Separados de Cuerpos y Bienes.
En fecha 05 de Abril de 2010, la ciudadana NELLY TERESA LUGO TOVAR, ya identificada, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los solicitantes, solicitó del Tribunal decretara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la presente solicitud, en virtud de no haberse producido entre sus representados la reconciliación.
El 21 de Abril de 2010, la Juez Provisorio se avocó al conocimiento de la causa.
Por lo antes expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil, habiendo transcurrido el lapso establecido en la ley, previo el estudio del caso en sí y sus antecedentes y por no haber ocurrido la reconciliación entre los cónyuges, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges LEONARDO ANTONIO RIVERA PÉREZ y YELITZA CANDELARIA MORÓN ROSALES, ambos identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía, desde el día 06 de Septiembre de 2005, fecha en que contrajeron matrimonio civil, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Miguel Peña del Municipio Valencia del Estado Carabobo, Acta Nro 245, Tomo II, Año 2005.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los Veintiocho (28) días del mes de Abril del año dos mil diez (2010).
Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abog. Omaira Escalona,
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
En la misma fecha se publico la anterior decisión, siendo las 09:35 de la mañana.-
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
Exp. Nro. 21.895
OE/Ragm
CERTIFICO QUE LA COPIA QUE ANTECEDE, ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL, DE CUYA EXACTITUD DOY FE, CERTIFICO Y EXPIDO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 111 Y 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL. Valencia, 28 de Abril de 2010.-
La Secretaria,
Abog. Nancy Molina
EXPEDIENTE: 21.895
SOLICITANTES: LEONARDO ANTONIO RIVERA PÉREZ y YELITZA CANDELARIA MORÓN ROSALES
MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES
FECHA: 28-04-2010
DECISIÓN: CONVERSIÓN EN DIVORCIO
JUEZ: ABOG. OMAIRA ESCALONA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
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