REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 27 de abril del 2010
Años 200° y 151°

AUTO DE CERTEZA PROCESAL.

De la revisión efectuada al presente expediente, el tribunal observa que en fecha 02 de octubre de 2007, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de ésta Circunscripción Judicial, dictó sentencia declarando consumada la Perención de la Instancia en la presente causa, ordenando la notificar a las partes de la decisión dictada, pero nunca fue practicada dichas notificaciones. En consecuencia, se ordena librar boleta de notificación a las partes BANCO DE VENEZULEA, S.A.C.A., en la persona de uno cualquiera de sus apoderados judiciales abogados CARLOS JOSE PARA GIMENEZ y/o MARIA ELENA CARVALLO GARCIA y/o GISELA BELLO CARVALLO y/o MARIA ELENA BRAVO TUOZZO y/o MARIA BENEVOLA PARRA DE BELLO, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº. 24.542, 13.620, 24.209, 48.618 y 15.424, respectivamente y de este domicilio, parte demandante en la presente causa, y al ciudadano MANUEL RODRIGUEZ ABRALDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 3.404.888, domiciliado en el Municipio Achaguas del estado Apure, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA PLATANALES, C.A., y en su carácter de fiador solidario y principal pagador de todas las obligaciones que se derivan para la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA PLATANALES, C.A.. En relación a la notificación de la ciudadana PAULA MAYOUDON GRAU, en su carácter de Vice-Presidente de la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA PLATANALES, C.A., en su carácter de fiador solidario, y en representación del ciudadano LUIS MARQUEZ VASQUEZ, se tiene como notificada mediante diligencia que presentó en fecha 12 de abril de 2010. Asimismo, visto lo solicitado en diligencia de fecha 26 de abril de 2010, por la ciudadana PAULA MAYAUDON GRAU, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.154.491, de este domicilio, asistida por la abogado CARLOS ROBAYO VIÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 73.458, de este domicilio, este tribunal proveerá lo conducente, una vez conste en autos la práctica de la última notificación de las partes. Por cuanto el co-demandado de autos ciudadano MANUEL RODRIGUEZ ABRALDES, se encuentra domiciliado en el Municipio Achaguas del estado Apure, a los fines de su notificación se acuerda comisionar suficientemente al Juzgado Primero del Municipio Achaguas de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a quién se le librará despacho con las inserciones correspondientes. Líbrense boletas de notificación, despacho y remítanse con oficio.



El Juez
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA
La Secretaria
ERICKA G. SÁNCHEZ S.

En la misma fecha se libraron boletas de notificación, despacho y oficio Nº. 063/2010.




La Secretaria
ERICKA G. SÁNCHEZ S.
















































Expediente: Nº JT-13043-53/EJECUCION DE HIPOTECA.
JDUA/EGSS/smmg.