REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 21 de abril de 2010
200º y 151º
AUTO QUE FIJA INSPECCIÓN JUDICIAL.
Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano Arelys Geerman Peña, titular de la cedula de identidad Nº 337.662, asistido por el abogado Douglas D`Abreu Llamoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el Nº 77.436, mediante la cual solicita que se avoque a la presente causa, este Tribunal a los fines de pronunciarse sobre la aceptación o no de la competencia en virtud de la declinatoria de competencia de fecha 04 de febrero del presente año, dictada por el Juzgado del Municipio Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en consecuencia, este Tribunal fija inspección judicial para el noveno (9º) día de despacho siguiente al de hoy, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) en el lote de terreno al que se contrae la presente litis, con el objeto de verificar la concurrencia o no de los elementos de agrariedad, que determinen la competencia agraria.
El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
La Secretaria
ERICKA SÁNCHEZ SÁNCHEZ
EXP. Nº JAP-151-2010/ACCIÓN REIVINDICATORIA.-
JDUA/ESS/GG.