REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintitrés de septiembre de dos mil nueve
199º y 150º


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000296
PARTE ACTORA: HECTOR MUÑOZ
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS BERRIOS ALBECA, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy Veintitrés (23) de Septiembre de 2009, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada para el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez de este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno. Por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 199 ° y 150 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
LA SECRETARIA
ABG. AMARILYS MIESES M

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. AMARILYS MIESES M