A C T A


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-001158.
PARTE ACTORA: MARISOL SALAZAR QUINTERO.
PARTE DEMANDADA: CENTRO CLINICO LA MILAGROSA, C.A.
APODERADO PARTE DEMANDADA: JOSE GREGORIO MORA.
MOTIVO: PRETSACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy, 30 de Septiembre de 2009, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadana MARISOL RAMONA SALAZAR QUINTERO; titular de la cédula de identidad N° 7.915.970; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado; así mismo se deja constancia que se hizo presente el abogado JOSE GREGORIO MORA, Inscrito en el IPSA bajo el N° 48.773, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada CENTRO CLINICO LA MILAGROSA C.A.-, quien presentó poder original para vista y devolución.- En consecuencia, ante la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Juez,

Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.





La parte demandada,





La Secretaria,

Abg. DAYANA TOVAR.