REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia 22 de Septiembre de 2009
199º y 150º

Exp. Nº: JS-49.286-106.
ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL.

En horas de despacho del día de hoy, veintidós (22) de septiembre del año 2009, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal, mediante auto de fecha 08 de julio del presente año (Folio 154), se trasladó y constituyó este Tribunal, en un lote de terreno ubicado en el Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, constante de aproximadamente de dos hectáreas con 120 metros cuadrados (2 Has con 120 Mts2),cuyos linderos son: Norte: Parcela que es o fue del ciudadano Nelson Villalobos, Sur: Carretera Guigue-Yuma, Este: Parcela que es o fue del ciudadano Donato Di Paolo y Oeste: Parcela que es o fue del ciudadano Bonifacio Pérez. Abierto el acto el Tribunal observa que se encuentra presente, el abogado Argenis González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.994, en su carácter de apoderado judicial de los accionantes, ciudadanos Edith Ofelia Francisco Yépez, Octavio Yépez e Isaelia Yepez, identificados en autos, y asimismo se encuentran presentes las ciudadanas, Nancy Hernández y Leticia Yzaguirre, titulares de la cédula de identidad Nos. 15.196.878 y 14.722.852 respectivamente, asistidas por el Abogado Ricardo Hidalgo Guevara, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.636. El Tribunal, procede a realizar un recorrido por el área a que se refiere la misma, a cuyo efecto designa en este acto, como práctico audio visual y técnico, al ciudadano Omar Delgado, titular de la cédula de identidad Nº 10.732.227, quien estando presente y previa juramentación acepta tal designación. En este estado el tribunal deja constancia de los siguientes particulares: Primero: hecho el recorrido por la zona el practico designado identifico lo siguiente: se idéntico un terreno de dos (02) hectáreas, en la que hay aproximadamente ciento seis (106) viviendas hechas con materiales de zinc, madera y algunas con piso de concreto, todas cercadas con alambre de puas y estantillos de madera y se identifico un tendido eléctrico con aproximadamente de 10 de postes. No se observo actividad agrícola. Segundo: El apoderado actor expone: ratifico lo alegado en el libelo y manifiesto la intención de conciliar. Tercero: El abogado asistente de los demandados Ricardo Hidalgo Guevara, arriba identificado, señala que el catastro municipal envió comunicaciones al INTi, en las que determinó que los terrenos de la aduana sector II (Copey), ocupado por la comunidad Maria Teresa del Toro y Alaiza son aptos para la construcción de viviendas y están dentro del polígono urbano, eje Yuma central Tacarigua, Municipio Carlos Arvelo, y que se esta esperando decisión del INTi, con comunicación al consultor jurídico del Ministerio de Agricultura y Tierras para los efectos de la desafectación, consigna en este acto copia simple de comunicaciones de fecha 10 de julio y 25 de agosto del presente año, dirigidas por la Dirección de Catastro de la Alcaldía Bolivariana de Carlos Arvelo al coordinador del INTi-Carabobo, y copia simple de escrito de fecha 08 de julio de 2009 dirigido al coordinador del INTi-Carabobo, suscrito por el consejo comunal de Maria Teresa del Toro, asimismo consigna copia simple del censo poblacional de la comunidad María Teresa del Toro y Alaiza, realizado por el consejo comunal de la comunidad. Es todo, se leyó y conforme firman la presente acta.


El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA

El Secretario Accidental
Abg. José Javier Pastrán

Práctico
Omar Delgado

Apoderado judicial actor
Abg. Argenis González Salas

Demandadas

Nancy Hernandez

Leticia Yzaguirre

Abogado Asistente
Abg. Ricaro I. Hidalgo G.




Anexo a la presente, imágenes fotográficas del sitio inspeccionado y un (01) CD (Formato DVD), contentivo de la grabación audio visual de la inspección judicial.


El Secretario Accidental
Abg. José Javier Pastrán