TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Treinta (30) de Octubre de 2009
199º y 150°


ASUNTO: GP02-L-2009-000162
DEMANDANTE: LUIS UZCATEGUI
DEMANDADO: PILOTES PERFORADOS, C. A. PILPERCA
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO


Vista la Transacción de fecha 23 de Octubre de 2009, presentada por las partes LUIS UZCATEGUI representada por sus Apoderados Judiciales JESUS PEREZ Y ENRIQUE LADERA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N.° 118.361 y 122.063 respectivamente, y por otra parte la Empresa PILOTES PERFORADOS C. A. PILPERCA, representada por su Apoderado Judicial abogado ENOE RODRIGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N.° 15.083, en la que se puede constatar del Acuerdo entre las partes, y copia de cheque del Banco Banesco, cuenta N° 01430332553321022447, cuenta N° 48459178, por Bs. 55.000,00 a nombre del trabajador LUIS UZCATEGUI. Por lo antes descrito, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Homologa el Acuerdo realizado por las partes, y por cuanto los acuerdos alcanzados por estas no vulneran derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de Orden Publico, en consecuencia, se da por terminado el juicio, se le otorga los efectos de Cosa Juzgada, se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ,


Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS



LA SECRETARIA,


Abg. AMARILYS MIESES MIESES.