REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete (27) de octubre de dos mil nueve
199º y 150º

Nº de expediente: GP02-L-2009-000917
Parte demandante: REINALDO ANTONIO MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº 14.767.463
Abogado que asiste a la parte demandante: Abogado: ALEJANDRO LANDAETA inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 125.388
Partes Demandada:

Apoderada Judicial de la parte Demandada:
GLOBAL SECURITY, C.A

Abogada: NANCY OLIVAR inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 51.213

Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy veintisiete (27) de octubre de dos mil nueve siendo las 3:00 pm oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: GLOBAL SECURITY, C.A compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial NANCY OLIVAR inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 51.213. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZ,

KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES

El Compareciente


LA SECRETARIA