A C T A


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000196.
PARTE ACTORA: JULIO CESAR SOLARES.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FRANCIS ALFONZO
PARTE DEMANDADA: PIZZERIA PREBO S.R.L.
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: ROCIO GANDICA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 15 de Octubre de 2009, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano JULIO CESAR SOLARES; titular de la cédula de identidad N° 7.104.508; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; así mismo se deja constancia que se hizo presente la abogado ROCIO GANDICA, Inscrita en el IPSA bajo el N° 66.983, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PIZZERIA PREBO S.R.L.; ante la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Juez,

Abg. FARIDY SUAREZ COLMENARES.





La parte demandada,





La Secretaria,

Abg. DAYANA TOVAR.