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A C T A
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2009-000196.
 PARTE ACTORA:  JULIO CESAR SOLARES.
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FRANCIS ALFONZO
 PARTE DEMANDADA: PIZZERIA PREBO S.R.L.
 APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: ROCIO GANDICA.
 MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
 
 En el día hábil de hoy,   15  de  Octubre  de 2009,    siendo las   2:00 p.m.,     día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; se deja  expresa constancia que la Parte Actora,  ciudadano   JULIO CESAR SOLARES;    titular de la cédula de identidad N°  7.104.508;   no  se hizo  presente ni por sí,  ni por medio de apoderado judicial alguno;    así mismo se deja constancia  que se hizo presente la  abogado  ROCIO GANDICA,  Inscrita  en el IPSA bajo el  N°  66.983,   en su carácter de apoderado judicial  de la parte demandada PIZZERIA PREBO S.R.L.;   ante la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar,  de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia  Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:  DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
 PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
 DEJESE COPIA AUTORIZADA.
 La Juez,
 
 Abg. FARIDY   SUAREZ  COLMENARES.
 
 
 
 
 
 La parte demandada,
 
 
 
 
 
 La Secretaria,
 
 Abg. DAYANA TOVAR.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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