REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DEL MUNICIPIO BEJUMA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Bejuma; 08 de Octubre de 2009
199° y 150°
SOLICITUD N° 132-2009
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: LUIS RAMÓN SEQUERA SEQUERA.
En relación a la Solicitud de fecha 08-10-2009, suscrita por el ciudadano: LUIS RAMÓN SEQUERA SEQUERA, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.350.911, asistido por la Abogada NOEMI CASTEJÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 115.598, donde solicita sea declarado como “ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO” del de-cujus LUIS ADAN SEQUERA, quien falleció ab-intestato, el día 10 de Enero del año 2009. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado, promovidas por el ciudadano antes mencionado, este Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE ÚNICO Y UNIVERSALE HEREDERO, y en consecuencia, declara conforme a los autos al ciudadano: LUIS RAMÓN SEQUERA SEQUERA, antes identificados, como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del de Cujus LUIS ADAN SEQUERA, quien falleció ab-intestato, el día 10 de Enero de 2009, según Acta N° 001, Año 2009, Folio N° 001 frente, de fecha 10 de Enero de 2009, y emanada de la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Canoabo, del Municipio Bejuma del Estado Carabobo. Y Así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones al solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Bejuma de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Bejuma, a los ocho (08) días del mes de Octubre del año dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
La Jueza Provisoria,

Abg. OBDULIA RAMOS

La Secretaria,

Abg. MIRIAM MAURERA DAVID

En la misma fecha siendo las 3:20 p.m., se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.