REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 13 de octubre de 2009
199° y 150º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 1880
La ciudadana CLARA CECILIA GONZÁLEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-374.023, actuando en su carácter de contribuyente, con domicilio especial en la Urb. La Viña, Quinta Monteserino, Valencia Estado Carabobo, debidamente asistida por los ciudadanos Mary Carlota Herrera Tortolero y Luis Eduardo Henríquez S., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 16.039 y 102.405, interpuso recurso contencioso tributario ante este tribunal el 05 de febrero de 2007, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 505-2006 del 23 de octubre de 2006, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO.
El 14 de febrero de 2007, se le dio entrada en el archivo de este tribunal bajo el N° 1163, se acordó las notificaciones de ley.
El 05 de octubre de 2009, el representante judicial de la administración tributaria, suscribió diligencia solicitando se declare la perención de la instancia.
Para resolver, este tribunal observa:
PRIMERO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, toda instancia se extingue por el transcurso de un año, sin haber ejecutado en ella ningún acto de procedimiento por las partes.
SEGUNDO: Que de acuerdo a lo previsto en el Artículo 269 ejusdem, la perención se verifica de pleno derecho, no es renunciable por las partes y puede ser declarada de oficio por el tribunal.
TERCERO: Que en la causa que nos ocupa, el último acto de procedimiento se efectuó el 31 de octubre de 2007.
CUARTO: Que por lo antes expresado, en la presente causa ocurrió la perención de la instancia y así se declara por este tribunal.
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda intentada por la ciudadana Clara Cecilia González, en su carácter de representante de contribuyente, plenamente identificada. Notifíquese de la presente decisión al Sindico Procurador de la Alcaldía del Municipio San Diego con copia certificada. Asimismo notifíquese a los ciudadanos Fiscal, Contralor General de la República y Alcalde del Municipio San Diego del Estado Carabobo, líbrese boleta al representante legal y/o apoderado judicial de la contribuyente. Publíquese y déjese copia certificada. Dado, firmado y sellado, en la sala de Despacho de este Juzgado Superior Contencioso Tributario de la Región Central, en la ciudad de Valencia, a los trece (13) días del mes de octubre de dos mil nueve (2009). Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. José Alberto Yanes García La Secretaria Titular,
Abg. Mitzy Sánchez
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia.
La Secretaria Titular,
Abg. Mitzy Sánchez
Exp. N° 1163
JAYG/ms/mg
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