REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia 07 de Octubre de 2009
199º y 150º

Exp. Nº: JAP-124-2009.
ACTA DE INSPECCIÓN JUDICIAL.

En horas de despacho del día de hoy 07 de octubre del año 2009, siendo las nueve horas y treinta minutos de la mañana, oportunidad fijada por este Tribunal, mediante auto de fecha 06 de octubre del presente año, se trasladó y constituyó este Tribunal, en compañía de la Abogada Ana Hurí Bustos Rodríguez, Defensora Pública Agraria Primera Adscrita a la Defensoría Pública de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, asistente del accionante de la presente acción posesoria agraria, a fin de practicar inspección judicial, en un lote de terreno ubicado en el Sector El Rincón, Parroquia Bejuma, Municipio Bejuma del Estado Carabobo. Seguidamente a fin de asesorar sobre aspectos relacionados con la presente inspección judicial y para dejar registro audiovisual de la misma, se designa como práctico al ciudadano Omar Delgado, titular de la cédula de identidad Nº 10.732.227, quien estando presente y previa juramentación acepta tal designación, a cuyo efecto se servirá utilizar una cámara Marca: Sony, Número de bien nacional: MOB 2714. El tribunal deja constancia de que se encuentra presente en este acto el ciudadano demandante Jesús Villegas, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.065.283, asimismo se encuentra presente el ciudadano Florencio de Jesús González Pinto, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.570.990, y también se encuentra el ciudadano Luís Armando González Pinto, titular de la cédula de identidad Nº 5.374.994. En este estado el tribunal deja constancia de que hace acto de presencia la defensora pública primera en materia agraria, abogada Ana Bustos, asistente del ciudadano demandante siendo las diez horas y treinta minutos de la mañana. Este tribunal deja constancia de que el ciudadano demandado Florencio de Jesús González Pinto, no esta asistido de abogado en el presente acto, ahora bien, este Tribunal advierte que garantizara el debido proceso y el derecho a la defensa, en consecuencia, el ciudadano demandado podrá intervenir en el acto y hacer todas las observaciones que considere pertinentes, a fin de ejercer el control y contradicción de la prueba. Seguidamente el Tribunal deja constancia de lo siguiente: En relación al particular primero: El lugar donde se encuentra constituido el Tribunal es una parcela identificada en el portón con el nombre Shalom, avenida principal de tierra blanca, Sector El Rincón, Municipio Bejuma del Estado Carabobo, de aproximadamente 7.000 Mts cuyos linderos son Norte: Terrenos que son o fueron de Martín Rodríguez, Sur: Terrenos que son o fueron de Eloy Burgos (Carretera principal de tierra blanca), Este: Lote N° 6, cerca de por medio; Oeste: Lote N° 8. En relación al particular segundo: se deja constancia de que se encuentra una vía de acceso principal asfaltada. En relación al particular tercero: El Tribunal deja constancia de que se encuentra un cerca perimetral por el lindero sur, donde se encuentra la vía principal con una extensión de aproximadamente 64 metros. En relación al particular cuarto: Aun cuando existe un detalle de redacción, el tribunal va a practicar el presente particular, a fin de evitar la atención de formalidades no esenciales, y en relación a este particular con asesoramiento del practico el tribunal deja constancia de que se puede identificar una primera área de aproximadamente 18 mts x 60 Mts (1.080 Mts) en la cual se observa la existencia de las siguientes plantaciones: 3 matas de mango, 46 matas cítricas (naranja y mandarina) de aproximadamente 2 años de cultivo, 5 matas de aguacate, 3 matas de yuca, 15 matas de lechosa, 4 plantas ornamentales y 4 metas tecas (árboles de madera). En este estado la parte demandada interviene y hace la siguiente observación: en relación a las matas de mango tiene aproximadamente 50 años de vida, en consecuencia no pudo haber sido sembradas por él (demandante). De seguida el tribunal procede a identificar un segunda extensión de terreno contigua a al anterior sentido sur-norte una superficie aproximada de seis mil metros cuadrados donde se observó, una conformación de siembra es de tipo conuco conformada por: : cinco mil metros cuadrados sembrado de maíz, asimismo, dentro de los surcos, se evidencio la existencia de rubros como yuca, quinchoncho, cambur auyama, ñames y frijoles, además de 40 matas cítricas (mandarinas y naranjas), 18 matas de aguacate, 2 matas de mango y 4 árboles de pino. En relación al particular quinto: Se evidenció la existencia de una construcción de zinc la cual sirve de vivienda, de aproximadamente 6 mts de largo por 5 ancho; una cerca de estantillos vivos y otros sembrados con 4 pelos de alambre de púas, un tanque de fibra con capacidad de aproximadamente 3.000 litros; una toma de agua de media pulgada y 10 mts de manguera para riego manual de cultivo y un pozo artificial tipo aljibe. En relación al particular sexto: El tribunal hace constar que el lote de terreno se encuentra dividido en dos (02) lotes de terreno por una cerca de estantillos vivo de pata de ratón, con tres pelos de alambre de púas, de aproximadamente 60 mts de extensión; esa división es de aproximadamente 18 mts contados a partir de la vía de penetración asfaltado en sentido sur-norte. En relación al particular séptimo: El tribunal deja constancia de que para el momento de la inspección se encontraban presentes los ciudadanos Florencio González Pinto, Luís Armando González Pinto, las referidas personas se encuentran presente en el lote de terreno a partir de la cerca divisoria que se identificó en el particular anterior en sentido sur-norte. Es todo, se leyó y conforme firman la presente acta.

El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA
El Secretario Accidental
Abg. José Javier Pastrán
Práctico
Omar Delgado
Demandante
Jesús Villegas


Defensora Pública
Abg. Ana Bustos.
Demandado
Florencio de Jesús González Pinto

Luís Armando González Pinto
C.I.: V 5.374.994