PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 02 de Noviembre del año dos mil nueve
199º y 150º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

EXPEDIENTE: GP02-L-2009-001693
PARTE ACTORA: LUIS AURELIO BUENO
PARTE DEMANDADA: ALFARERIA INDUSTRIAL, C. A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia que antecede de fecha 26 de Octubre de 2009, realizada por el ciudadano LUIS AURELIO BUENO, en su condición de parte actora asistido por la abogado LIGIA MACHADO GOMEZ Inpreabogado N° 43.791, a los fines de manifestar el Desistimiento con respecto a la demanda por Cobro de prestaciones sociales contra la empresa ALFARERIA INDUSTRIAL, C. A. Vista la solicitud realizada y por cuanto el tribunal asume tal solicitud hecha por la parte actora, dejando evidenciado que desiste en la presente causa contra la empresa ALFARERIA INDUSTRIAL, C. A. El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, en los términos que las partes establecieron, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada. Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los Dos (02) días del mes de Noviembre del año 2009, Años 199° y 150°.
LA JUEZ,
Abg. ADRIANA MARQUEZ VALDECANTOS.
LA SECRETARIA,
Abg. AMARILYS MIESES MIESES