REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticuatro de noviembre de dos mil nueve
199º y 150º

Nº de expediente: GP02-L-2009-001691
Parte demandante: MARIA EUGENIA RIVAS RUIZ, titular de la cedula de identidad Nº 17.615.143 (NO ASISTIO)
Abogado que asiste a la parte demandante: Abogada: IVON SALAZAR inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 122.110 (NO ASISTIO)
Parte Demandada:


Apoderada Judicial de la parte Demandada:
SERENOS RESPONSABLES, SERECA C.A

Abogada: YERINA QUINTERO inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 77.758
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy ,veinticuatro (24) de noviembre de dos mil nueve, y siendo las 3:00 pm, y la oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar comparecieron SE DEJA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: SERENOS RESPONSABLES, SERECA C.A compareció a la prolongación de la Audiencia Preliminar, representada por su apoderada judicial KEYNA JIMENEZ inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 125.291. Se deja expresa constancia de que la Parte Actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 150°.
LA JUEZ,

LA COMPARECIENTE,

LA SECRETARIA,