REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 25 de Noviembre de 2009
Año 199º y 150º


AUTO. ORDENA NUEVA INTIMACION PERSONAL. DESPACHO DE COMISION. CORREO ESPECIAL.

Vista la anterior diligencia, suscrita por la abogada Maria Isabel de Albers, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 19.222, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, este tribunal acuerda de conformidad lo solicitado. En consecuencia:
PRIMERO: Se deja sin efecto la intimación cartelaria fecha 08 de Julio de 2009, (folios 76 al 78).
SEGUNDO: Se ordena librar nueva intimación personal a la parte co-demandada ciudadanos EDGAR RAFAEL HERRERA, EDGAR GREGORIO HERRERA MARTINEZ, MARIA ELENA DEL VALLE HERRERA MARTINEZ, MARIELA DEL VALLE HERRERA MARTINEZ y EDGAR JUAN HERRERA MARTINEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.352.403, V-11.799.833, V-9.925.704, V-9.528.029, V-7.496.795 respectivamente, domiciliados en la siguiente dirección: Calle La Florida, Parroquia San Juan de los Cayos, Municipio Acosta del Estado Falcón, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 662 del Código de Procedimiento Civil, a cuyo efecto se libran nuevas boletas de intimación.
TERCERO: Se ordena librar despacho de intimación personal mediante oficio al Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de dar cumplimiento a la intimación de los co-demandados de autos, se ordena al Juzgado comisionado realizar todas las actividades procesales establecidas en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y el Código de Procedimiento Civil, a fines consiguientes.
CUARTO: Éste Tribunal ordena hacer entrega a la abogada Maria Isabel de Albers, representante judicial de la parte actora, la correspondiente comisión, de conformidad con lo establecido articulo 345 del Código de Procedimiento Civil.


El Juez
JOSE DANIEL USECHE

La Secretaria ERICKA G. SÁNCHEZ SÁNCHEZ


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.- Se libró oficio Nº 159/2009, junto con despacho y respectivas boletas de intimación.-



La Secretaria ERICKA G. SÁNCHEZ SÁNCHEZ






















Exp. Nº. JAP-128-2009/EJECUCIÓN DE HIPOTECA
JDUA/ESS/GG