REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 18 de Noviembre de 2009
199º y 150º


AUTO QUE FIJA INSPECCIÓN JUDICIAL.

Admitidas como han sido las pruebas promovidas por las partes mediante auto de fecha 04 de Noviembre de 2009, y a fin de garantizar a las partes el principio del control de la prueba, éste tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 472 del Código de Procedimiento Civil, fija para el quinto (5º) día despacho siguiente a las diez de la mañana (10:00 a.m.), la realización de inspeccion judicial promovida por la parte demandada.


El Juez
JOSE DANIEL USECHE ARRIETA

La Secretaria
ERICKA G. SANCHEZ S.

















EXP. Nº JAP-123-2008/ACCION POSESORIA AGRARIA POR DESPOJO
JDUA/EGSS.