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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
 Puerto Cabello, once (11) de Noviembre de dos mil nueve (2009)
 199º y 150º
 
 ASUNTO : GP21-L-2009-000371
 
 
 SENTENCIA
 
 Vista la anterior diligencia de Fecha 10 de Noviembre de 2009, que cursa al folio siete (07) del presente asunto, donde el ciudadano ANDRES RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº 8.608.790, plenamente asistido por la abogada MARY DE CAIRES, inscrita en el IPSA Nº, desiste del procedimiento que se intento contra la entidad mercantil demandada PANATLANTIC DE VENEZUELA, C.A,  En consecuencia este Juzgado, visto que el desistimiento del procedimiento de Calificación de Despido del ciudadano ANDRES RIVERO, antes identificado, ha sido para la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación Analógica del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que este TRIBUNAL DÉCIMO PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República  Bolivariana de Venezuela  y por autoridad de la ley y en virtud de que dicha solicitud no es contraria a derecho ni menoscaba normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO INTENTADA EN CONTRA DE LA EMPRESA DEMANDADA  PANATLANTIC DE VENEZUELA, C.A, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.
 El Juez
 
 
 
 Abg. José Gregorio Kelzi
 
 La secretaria
 
 
 Abg. Dina Primera Robertis
 
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