REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, once (11) de Noviembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO : GP21-L-2009-000371


SENTENCIA

Vista la anterior diligencia de Fecha 10 de Noviembre de 2009, que cursa al folio siete (07) del presente asunto, donde el ciudadano ANDRES RIVERO, titular de la cedula de identidad Nº 8.608.790, plenamente asistido por la abogada MARY DE CAIRES, inscrita en el IPSA Nº, desiste del procedimiento que se intento contra la entidad mercantil demandada PANATLANTIC DE VENEZUELA, C.A, En consecuencia este Juzgado, visto que el desistimiento del procedimiento de Calificación de Despido del ciudadano ANDRES RIVERO, antes identificado, ha sido para la conclusión de un proceso de Mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por aplicación Analógica del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es por lo que este TRIBUNAL DÉCIMO PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y en virtud de que dicha solicitud no es contraria a derecho ni menoscaba normas de orden público, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO INTENTADA EN CONTRA DE LA EMPRESA DEMANDADA PANATLANTIC DE VENEZUELA, C.A, en los términos como se estableció, DÁNDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.
El Juez



Abg. José Gregorio Kelzi

La secretaria


Abg. Dina Primera Robertis