REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO
Valencia, 8 de mayo de 2009
Años 199º y 150º

ASUNTO: GP01-P-2008-004906
JUEZ CUARTO DE JUICIO: DIANA CALABRESE CANACHE
ACUSADO: RICHRAD JOSE AVILAY JOSE LUIS GUZMAN
FISCAL VIGESIMO SEGUNDO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL
ESTADO CARABOBO: TERESA MENDEZ REPRESENTADA EN
EL ACTO POR EL FISCAL WILSON NIEVES
DEFENSA: JUAN NUÑEZ
DECISION: CONSTITUCION DE TRIBUNAL UNIPERSONAL

Revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, se observa que la misma se encuentra en etapa de Constitución de Tribunal, para la realización del Juicio Oral y Público. A los fines establecidos en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1, 6, 164 y 342 del Código Orgánico Procesal Penal y en el debido acatamiento de la Jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 22-12-2003, este Tribunal observa:

1.- La presente causa se inició por acusación interpuesta por la Fiscal del Ministerio Público del Estado Carabobo.

2.- En fecha 3-12-2008 fue admitida la acusación en contra de los ciudadanos: Richard José Ávila, natural de Belén Estado Carabobo, de 40 años de edad, fecha de nacimiento 09/12/67, estado civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.759.477, hijo de Baudilia Ávila y de Rosalio Archila, domiciliado en Barrio Requena, Calle Ramón Briceño, casa Nª 18, punto de referencia el terminal de pasajero, Guigue, Municipio Carlos Arvelo estado Carabobo, por presumirlo incurso en la comisión del delito de VIOLACIÓN previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal y José Luis Guzmán, natural de valencia Estado Carabobo, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 31/08/65, estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.823.878, hijo de Josefina Antonio Rodríguez y de José Felipe Guzmán, Barrio Pascual Molina, calle principal casa Nª 34 Guigue, Municipio Carlos Arvelo Estado Carabobo, por presumirlo incurso en la comisión del delito de VIOLACIÓN previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal en concordancia con el artículo 84 numeral 3 ejusdem, publicándose auto de Apertura a Juicio en la fecha antes mencionada; y se le dio entrada al presente asunto en el Tribunal de Juicio en fecha 9-02-2009.

3.- Igualmente se evidencia en la referida causa que no se logró la comparecencia de los escabinos, verificándose en la causa además que se había ordenado sorteo extraordinario, sin obtener resultado favorable en cuanto a la asistencia de escabinos al precitado acto; Solicitando los acusados en audiencia la constitución de Tribunal unipersonal.
4.- Mediante Jurisprudencia Vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 22-12-03 Expediente Nº 02-1809 que interpreta el alcance y contenido del los artículos 26 y 49.3 Constitucionales con relación a las dilaciones judiciales del proceso penal, se estableció que ante la imposibilidad de constituir el Tribunal Mixto con escabinos luego de dos convocatorias, el Juez Profesional debe asumir totalmente el poder jurisdiccional y prescindir de los escabinos procediendo a constituir el Tribunal Unipersonal para la celebración del Juicio Oral y Público.
En consecuencia, por cuanto no ha sido posible la integración del Tribunal Mixto por las razones ya señaladas, ocasionándose así retardo procesal que atenta contra los derechos de las partes, aunado a la circunstancia que el acusado solicito la constitución de tribunal unipersonal, conforme a las normas antes mencionadas y la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la cual es vinculante para los Tribunales Penales, es por ello que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARÓ CONSTITUIDO EL TRIBUNAL UNIPERSONAL en audiencia oral en causa seguida al acusado RICHARD JOSE AVILA Y JOSE LUIS GUZMAN; en consecuencia se fijó el Juicio Oral y Público para el día 13-07-2009 a las 9:30 horas de la mañana de acuerdo a la fecha aportada por la Oficina de la Agenda única llevada por este Circuito Judicial Penal. Quedando las partes presente debidamente notificadas. Notifíquese a Expertos, funcionarios policiales, victimas y testigos de la fecha de juicio.
Jueza Cuarta en Función de Juicio
Abg. Diana Calabrese Canache

La Secretaria
Abg. Yumirna Marcano
En la misma fecha se cumplió lo ordenado

Secretaria


Hora de Emisión: 12:27 PM