En horas de despacho del día de hoy Siete (7) de Mayo del año dos mil nueve (2009), siendo las 9:30 a.m., se traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez titular abogada Lucia D’Angelo y su secretaria Yasmila Faria, en la sede de un inmueble constituido por una casa de habitación ubicada en la Urbanización popular el Prado, parroquia Miguel desde, municipio Valencia del estado Carabobo, en compañía del ciudadano Egor William Parra, titular de la cédula identidad V-7.140.015, parte actora, asistido por el abogado en ejercicio César Palencia Robles, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.938, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento ejecución emanado del Juzgado Primero de los Municipio del Estado Carabobo, en el cual ordenó medida de entrega material, con motivo de la demanda por Resolución de Contrato Arrendamiento, seguido por la parte actora ya identificada contra la ciudadana Maritza Dolores Tovar Cira. Seguidamente interviene la parte actora y expone: "Solicito al Tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, igualmente solicito en caso de ser necesario designe a la depositaria judicial Venezuela". A continuación el Tribunal notifica de la misión a cumplir a la demandada: Maritza Dolores Tovar Cira, titular de la cédula identidad Nº 3.920.131, la misma procede a retirar bienes muebles de su propiedad, los cuales serán trasladados bajo su riesgo y responsabilidad. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace Entrega Material del inmueble objeto de juicio a la parte actora ya identificada asistido de abogado y expone: "Recibo el inmueble en condiciones de hacer de mantenimiento general de pintura". El Tribunal considera cumplida su misión, acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Titular
(Firma llegible) La notificada
Abog. Lucia D’Angelo (Firma llegible)

Parte Actora
(Firma llegible)
Abogado Asistente
(Firma llegible)
La secretaria
(Firma llegible)
Abog. Yasmila Faria